Réplica a los sindicatos desde la Jefatura de Policía de Teulada
Nueva respuesta del Intendente Jefe de la Policía Local de Teulada, Manolo Navarro, ante las acusaciones vertidas por los sindicatos SEP-CV Y UGT-FSP.
Por su interés reproducimos íntegro el escrito remitido desde la Jefatura de Policía Local de Teulada.
"La noticia publicada en el diario digital “Teulada Moraira Digital”, respecto a aspectos relativos a ejercicios de tiro y otros aspectos, la Jefatura de la Policía Local emite la siguiente nota de prensa desde el punto de vista técnico lo siguiente:
El llamamiento efectuado por la Jefatura del Cuerpo, para la realización de ejercicios de tiro por parte de los agentes de la Policía Local, en los que se demanda conocer aspectos relativos a la forma de compensación por el tiempo empleado por los policías locales en la realización del ejercicio de tiro, está perfectamente reglada en norma jurídica municipal.
Indicar que el Real Decreto 137/93, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, establece en su artículo 1.4, establece que quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Reglamento y se regirán por su normativa especial dictada al efecto, la adquisición, tenencia y uso de armas por… las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Respecto a la manifestación contenida en el escrito presentado por la Sección sindical UGT, respecto a las personas que realizan dicha formación, éstos tienen la cualificación formativa al respecto para poder impartir y dirigir las mismas.
Indicar que en las dependencias de la Policía Local, existe una zona fría, para la manipulación diaria de las armas y como no podía ser menos, en la formación que se pretende ofrecer previa al ejercicio de tiro, se deben de emplear todos los medios técnicos homologados que cuente el Ayuntamiento de Teulada. Resulta evidente que cuando se manipule un arma deberá de utilizarse la zona fría, mientras que el tomar apuntes o notas, resulta obvio no será en dicho lugar.
Por otro lado, la Disposición Adicional 7ª del RD 563/2010, dedicada a la prevención de riesgos laborales establece que: “En materia de seguridad laboral se estará a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y en su normativa de desarrollo”. En este sentido, la Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su artículo 3. 2, donde establece que la menciona ley, no será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de: Policía, seguridad y resguardo aduanero.
En cuanto a la utilización de la galería de tiro de la Policía Local de Calp, por parte de agentes de la Policía Local de Teulada, ésta está homologada y autorizada por la Intervención de Armas de la Guardia Civil, por lo que las afirmaciones realizadas en dicho sentido, carecen de toda base para ello.
Agradecer públicamente al Ayuntamiento de Calp, el acceder a poder utilizar su galería de tiro por parte de los policías locales de Teulada e indicar que, en su momento oportuno, se dará al órgano que corresponda, los informes solicitados por parte de la Jefatura en materia de armas oficiales y la forma de realizar los ejercicios de tiro por parte de los Policías Locales de Teulada.
Así pues, aclarados los extremos anteriores, con total tranquilidad y serenidad, estamos a disposición de todas las inspecciones y aclaraciones que al respecto se establezcan al caso".
La aclaración de la Jefatura viene firmada por su Intendente Jefe, Manolo Navarro.
Por su interés reproducimos íntegro el escrito remitido desde la Jefatura de Policía Local de Teulada.
"La noticia publicada en el diario digital “Teulada Moraira Digital”, respecto a aspectos relativos a ejercicios de tiro y otros aspectos, la Jefatura de la Policía Local emite la siguiente nota de prensa desde el punto de vista técnico lo siguiente:
El llamamiento efectuado por la Jefatura del Cuerpo, para la realización de ejercicios de tiro por parte de los agentes de la Policía Local, en los que se demanda conocer aspectos relativos a la forma de compensación por el tiempo empleado por los policías locales en la realización del ejercicio de tiro, está perfectamente reglada en norma jurídica municipal.
Indicar que el Real Decreto 137/93, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas, establece en su artículo 1.4, establece que quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Reglamento y se regirán por su normativa especial dictada al efecto, la adquisición, tenencia y uso de armas por… las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Respecto a la manifestación contenida en el escrito presentado por la Sección sindical UGT, respecto a las personas que realizan dicha formación, éstos tienen la cualificación formativa al respecto para poder impartir y dirigir las mismas.
Indicar que en las dependencias de la Policía Local, existe una zona fría, para la manipulación diaria de las armas y como no podía ser menos, en la formación que se pretende ofrecer previa al ejercicio de tiro, se deben de emplear todos los medios técnicos homologados que cuente el Ayuntamiento de Teulada. Resulta evidente que cuando se manipule un arma deberá de utilizarse la zona fría, mientras que el tomar apuntes o notas, resulta obvio no será en dicho lugar.
Por otro lado, la Disposición Adicional 7ª del RD 563/2010, dedicada a la prevención de riesgos laborales establece que: “En materia de seguridad laboral se estará a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y en su normativa de desarrollo”. En este sentido, la Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales, establece en su artículo 3. 2, donde establece que la menciona ley, no será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de: Policía, seguridad y resguardo aduanero.
En cuanto a la utilización de la galería de tiro de la Policía Local de Calp, por parte de agentes de la Policía Local de Teulada, ésta está homologada y autorizada por la Intervención de Armas de la Guardia Civil, por lo que las afirmaciones realizadas en dicho sentido, carecen de toda base para ello.
Agradecer públicamente al Ayuntamiento de Calp, el acceder a poder utilizar su galería de tiro por parte de los policías locales de Teulada e indicar que, en su momento oportuno, se dará al órgano que corresponda, los informes solicitados por parte de la Jefatura en materia de armas oficiales y la forma de realizar los ejercicios de tiro por parte de los Policías Locales de Teulada.
Así pues, aclarados los extremos anteriores, con total tranquilidad y serenidad, estamos a disposición de todas las inspecciones y aclaraciones que al respecto se establezcan al caso".
La aclaración de la Jefatura viene firmada por su Intendente Jefe, Manolo Navarro.
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