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Teulada Moraira Digital
Lunes, 10 de Noviembre de 2014 Tiempo de lectura:

Nuevo varapalo judicial para el alcalde de Teulada-Moraira, Antoni Joan Bertomeu

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, ha solicitado la ejecución definitiva de la sentencia que afecta a los sectores de suelo por urbanizar del Polígono Industrial de Teulada, que ha dado pie al fallo.

Todos los propietarios que tengan terreno en las mismas condiciones que el denunciante cuyo fallo del TSJ de la Comunidad Valenciana le da la razón, podrán solicitar que se les aplique el contenido de la sentencia.

 

 Los interesados, son  todos aquellos propietarios que tengan pendiente la materialización de sus derechos urbanísticos por terrenos que ya hayan cedido o tengan que ceder para dotaciones públicas tales como zonas verdes, colegios, etc., por consecuencia de lo previsto en el PGOU vigente.

 

La sentencia habla específicamente de los sectores de suelo por urbanizar. El caso que nos ocupa y que ha dado pie a la ejecución definitiva de la sentencia, habla concretamente de la ampliación del Polígono Industrial de Teulada.

 

Está previsto por el Ayuntamiento un pleno Extraordinario, por motivo de la ejecución de la sentencia el próximo jueves día 13 de noviembre a las 14 horas en el Salón de Plenos.

 

La resolución comporta la nulidad del PGOU del municipio de Teulada en cuanto a la"la ordenación prevista  respecto de la adscripción  de los sectores  UZO-l,  UZO-2 y  UZO-6 al sector UZO-F.". La anulación  del Programa  de Actuación Integrada y Plan Parcial del Sector UZO-2  "en cuanto  a la adscripción  de la parcela  propiedad  del recurrente  al sector UZO-F". La   suspensión de la  tramitación de los Acuerdos   municipales  de 6/noviembre/13 y 12/febrero/2014, que inician expedientes de retasación de cargas, en cuanto afectan  a la parcela  del  ejecutante,  y  cuya  suspensión  se mantendrá  hasta  que se lleve  a término el cumplimiento de la presente ejecutoria.

 

El consistorio deberá informar  a la mayor brevedad y sin dar lugar a dilaciones indebidas, la actuaciones llevadas a cabo.

 

Previsiblemente el Ayuntamiento recurrirá el auto, ya que la resolución es susceptible de recurso de reposición, que podrá interponerse en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación.

 

 

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