Medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y creación de empleo
El pasado 22 de febrero fue aprobado el Real Decreto-ley 4/2013, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo (BOE 23.02.2013). Le informamos a continuación de las principales medidas aprobadas.
Medidas para fomentar el emprendimiento y el autoempleo de los jóvenes
A) Para trabajadores autónomos dados de alta desde la entrada en vigor del Estatuto del Trabajador Autónomo con edad inferior a 30 años (hombres) y 35 años (mujeres): Reducción durante 15 meses del 30% del tipo mínimo de cotización vigente sobre la base mínima de cotización en contingencias comunes.
B) Los beneficiarios de estas medidas son los menores de 30 años.
- Tarifa plana de 50 € en la cotización a la Seguridad Social durante los primeros 6 meses para nuevos autónomos.
- Se permite compatibilizar la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia durante nueve meses a autónomos dados de alta.
- Capitalización hasta el 100% de la prestación por desempleo para aquellos que realicen una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre que se establezca vinculación profesional o laboral con carácter indefinido.
- Se amplía de 2 a 5 años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta propia que, de ser interrumpida, permitiría la reanudación del cobro de la prestación por desempleo.
Estímulos a la contratación laboral de jóvenes
- Reducción de la cuota a la Seguridad Social en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y en un 100% el resto, cuando se contrate a tiempo parcial con vinculación formativa a menores de 30 años sin experiencia laboral previa o que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses.
- Bonificación de un 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes para autónomos y empresas de hasta nueve trabajadores durante el primer año: por la contratación indefinida de un desempleado menor de 30 años.
- Contrato “primer empleo joven”: contrato temporal para menores de 30 años desempleados sin experiencia profesional previa, con incentivos a su transformación en indefinido (bonificación de 500€/año durante 3 años o 700€/año en el caso de las mujeres).
- Incentivos al contrato en prácticas para jóvenes de hasta 30 años: Se establece una reducción de hasta el 50% en la cuota a la Seguridad Social por contingencias comunes.
Incentivos fiscales en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades para apoyar a los proyectos emprendedores
Impuesto sobre Sociedades
Para períodos impositivos iniciados a partir del 01/01/2013 se establece un tipo del 15% para los primeros 300.000€ de base imponible y un 20% para el exceso de base sobre la cifra anterior para entidades de nueva creación (creadas a partir de 01/01/2013), aplicable al primer periodo impositivo en que la base imponible sea positiva y en el siguiente.
Impuesto sobre la Renta
- La exención de las prestaciones por desempleo percibidas en pago único ya no se limita a 15.500 €
- Los contribuyentes que inicien una actividad económica a partir del 01/01/2013, y determinen su rendimiento neto en régimen de estimación directa, podrán reducir en un 20% el rendimiento neto positivo declarado con arreglo a dicho método, en el primer periodo en que sea positivo y en el siguiente. La reducción se aplicará sobre un rendimiento positivo máximo de 100.000 € anuales.
Medidas de fomento de la financiación empresarial
- Se facilita a los seguros privados y fondos de pensiones que inviertan en valores negociados en el Mercado Alternativo Bursátil y en entidades de capital riesgo.
- Se facilita el desarrollo de los mercados de renta fija para mejorar el acceso a la financiación no bancaria de las empresas españolas. Se suaviza la limitación impuesta en el artículo 405 de la Ley de Sociedades de Capital, por la que el importe total de las emisiones de las sociedades no puede ser superior al capital social desembolsado, más las reservas.
Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales y comunidades autónomas
- Se amplía el Plan de Pago a Proveedores. En cualquier caso, se mantiene la limitación temporal a facturas anteriores al 1 de enero de 2012.
- Se amplía el tipo de facturas que se podrán acoger al Plan. Se incluyen contratos correspondientes a: concesiones administrativas, encomiendas de gestión, convenios, contratos de arrendamiento de inmuebles, contratos relacionados con los sectores del agua, energía, transportes y servicios postales, determinados contratos de concesión de obras públicas, determinados contratos de gestión de servicios públicos y contratos de colaboración público-privada.
- Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales: Se establece un plazo de pago de 30 días para todas las operaciones privadas que, como máximo, puede ampliarse hasta los 60 días, y se establece una mayor penalización de la mora, aumentando los intereses y obligando al pago de una cantidad fija (40 euros).
Miguel Ángel Vidal
Avenida Mediterráneo, 135 - 1.° - 2.ª
03725 - TEULADA
Teléfono contacto: 966491407
Medidas para fomentar el emprendimiento y el autoempleo de los jóvenes
A) Para trabajadores autónomos dados de alta desde la entrada en vigor del Estatuto del Trabajador Autónomo con edad inferior a 30 años (hombres) y 35 años (mujeres): Reducción durante 15 meses del 30% del tipo mínimo de cotización vigente sobre la base mínima de cotización en contingencias comunes.
B) Los beneficiarios de estas medidas son los menores de 30 años.
- Tarifa plana de 50 € en la cotización a la Seguridad Social durante los primeros 6 meses para nuevos autónomos.
- Se permite compatibilizar la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia durante nueve meses a autónomos dados de alta.
- Capitalización hasta el 100% de la prestación por desempleo para aquellos que realicen una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre que se establezca vinculación profesional o laboral con carácter indefinido.
- Se amplía de 2 a 5 años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta propia que, de ser interrumpida, permitiría la reanudación del cobro de la prestación por desempleo.
Estímulos a la contratación laboral de jóvenes
- Reducción de la cuota a la Seguridad Social en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y en un 100% el resto, cuando se contrate a tiempo parcial con vinculación formativa a menores de 30 años sin experiencia laboral previa o que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses.
- Bonificación de un 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes para autónomos y empresas de hasta nueve trabajadores durante el primer año: por la contratación indefinida de un desempleado menor de 30 años.
- Contrato “primer empleo joven”: contrato temporal para menores de 30 años desempleados sin experiencia profesional previa, con incentivos a su transformación en indefinido (bonificación de 500€/año durante 3 años o 700€/año en el caso de las mujeres).
- Incentivos al contrato en prácticas para jóvenes de hasta 30 años: Se establece una reducción de hasta el 50% en la cuota a la Seguridad Social por contingencias comunes.
Incentivos fiscales en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades para apoyar a los proyectos emprendedores
Impuesto sobre Sociedades
Para períodos impositivos iniciados a partir del 01/01/2013 se establece un tipo del 15% para los primeros 300.000€ de base imponible y un 20% para el exceso de base sobre la cifra anterior para entidades de nueva creación (creadas a partir de 01/01/2013), aplicable al primer periodo impositivo en que la base imponible sea positiva y en el siguiente.
Impuesto sobre la Renta
- La exención de las prestaciones por desempleo percibidas en pago único ya no se limita a 15.500 €
- Los contribuyentes que inicien una actividad económica a partir del 01/01/2013, y determinen su rendimiento neto en régimen de estimación directa, podrán reducir en un 20% el rendimiento neto positivo declarado con arreglo a dicho método, en el primer periodo en que sea positivo y en el siguiente. La reducción se aplicará sobre un rendimiento positivo máximo de 100.000 € anuales.
Medidas de fomento de la financiación empresarial
- Se facilita a los seguros privados y fondos de pensiones que inviertan en valores negociados en el Mercado Alternativo Bursátil y en entidades de capital riesgo.
- Se facilita el desarrollo de los mercados de renta fija para mejorar el acceso a la financiación no bancaria de las empresas españolas. Se suaviza la limitación impuesta en el artículo 405 de la Ley de Sociedades de Capital, por la que el importe total de las emisiones de las sociedades no puede ser superior al capital social desembolsado, más las reservas.
Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales y de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales y comunidades autónomas
- Se amplía el Plan de Pago a Proveedores. En cualquier caso, se mantiene la limitación temporal a facturas anteriores al 1 de enero de 2012.
- Se amplía el tipo de facturas que se podrán acoger al Plan. Se incluyen contratos correspondientes a: concesiones administrativas, encomiendas de gestión, convenios, contratos de arrendamiento de inmuebles, contratos relacionados con los sectores del agua, energía, transportes y servicios postales, determinados contratos de concesión de obras públicas, determinados contratos de gestión de servicios públicos y contratos de colaboración público-privada.
- Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales: Se establece un plazo de pago de 30 días para todas las operaciones privadas que, como máximo, puede ampliarse hasta los 60 días, y se establece una mayor penalización de la mora, aumentando los intereses y obligando al pago de una cantidad fija (40 euros).
Miguel Ángel Vidal
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