La nueva normativa de tráfico entra en vigor el 1 de octubre: todo lo que cambia para motos, bicicletas y patinetes
La DGT estrena nuevas obligaciones de seguridad y regula también los adelantamientos, los atascos, el cinturón y el estacionamiento de autocaravanas
El Reglamento General de Circulación experimentará uno de sus principales cambios de los últimos años a partir del próximo 1 de octubre, fecha en la que comenzará a aplicarse el Real Decreto 518/2026.
Las modificaciones ponen especialmente el foco en quienes la normativa define como usuarios vulnerables, entre ellos peatones, ciclistas, motoristas y conductores de vehículos de movilidad personal.
Patinetes: no podrán utilizarlos menores de 15 años
Desde octubre, conducir un vehículo de movilidad personal requerirá haber cumplido al menos 15 años.
Los usuarios tendrán que llevar casco y, cuando circulen de noche o haya poca visibilidad, elementos que faciliten que puedan ser vistos.
Quienes utilicen estos vehículos profesionalmente estarán obligados a llevar chaleco reflectante.
El alumbrado deberá permanecer encendido, aunque su utilización obligatoria también durante el día contará con una moratoria hasta octubre de 2027.
Nuevas condiciones para adelantar a un ciclista
El conductor que quiera adelantar a una bicicleta en una vía interurbana deberá reducir al menos 20 km/h sobre el límite máximo existente.
Tendrá que respetar igualmente una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
En aquellas carreteras con más de un carril por sentido será obligatorio realizar el adelantamiento ocupando completamente otro carril.
Los ciclistas deberán utilizar casco en todas las vías interurbanas, después de que la reforma suprima las anteriores excepciones.
Guantes obligatorios para circular en moto por carretera
Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores tendrán que llevar guantes de protección en vías interurbanas. El calzado cerrado será obligatorio tanto en carretera como en ciudad.
Mientras Interior no establezca las especificaciones técnicas definitivas para los guantes, podrán seguir utilizándose los modelos de protección actuales.
La regulación también permitirá a las motos circular por el arcén derecho cuando haya un atasco, pero solo si existe señalización expresa y a una velocidad máxima de 30 km/h.
Taxis, reparto y autoescuelas
También desaparecen determinadas exenciones relacionadas con el cinturón. La nueva normativa obliga a llevarlo en situaciones que anteriormente permitían excepciones para taxis, determinados vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza.
El denominado carril de emergencia
Una de las novedades más visibles se producirá durante las grandes retenciones. Los vehículos tendrán que apartarse hacia ambos lados de la calzada para formar un pasillo central destinado a permitir el avance de ambulancias, Policía y demás servicios de emergencia.
Asimismo, al sobrepasar un vehículo que esté inmovilizado por accidente, avería o asistencia en carretera, deberá mantenerse una separación lateral mínima de 1,5 metros y reducirse la velocidad al menos 20 km/h.
Autocaravanas y nuevas normas urbanas
La reforma regula también el estacionamiento de autocaravanas. No podrán extender elementos más allá del perímetro del vehículo, deberán apoyarse únicamente sobre sus neumáticos y tendrán prohibido verter líquidos del habitáculo.
Además, se incorpora al reglamento la figura de los caminos escolares seguros y nuevas disposiciones destinadas a ordenar la convivencia entre peatones, bicicletas, VMP y vehículos a motor en las ciudades.

El Reglamento General de Circulación experimentará uno de sus principales cambios de los últimos años a partir del próximo 1 de octubre, fecha en la que comenzará a aplicarse el Real Decreto 518/2026.
Las modificaciones ponen especialmente el foco en quienes la normativa define como usuarios vulnerables, entre ellos peatones, ciclistas, motoristas y conductores de vehículos de movilidad personal.
Patinetes: no podrán utilizarlos menores de 15 años
Desde octubre, conducir un vehículo de movilidad personal requerirá haber cumplido al menos 15 años.
Los usuarios tendrán que llevar casco y, cuando circulen de noche o haya poca visibilidad, elementos que faciliten que puedan ser vistos.
Quienes utilicen estos vehículos profesionalmente estarán obligados a llevar chaleco reflectante.
El alumbrado deberá permanecer encendido, aunque su utilización obligatoria también durante el día contará con una moratoria hasta octubre de 2027.
Nuevas condiciones para adelantar a un ciclista
El conductor que quiera adelantar a una bicicleta en una vía interurbana deberá reducir al menos 20 km/h sobre el límite máximo existente.
Tendrá que respetar igualmente una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
En aquellas carreteras con más de un carril por sentido será obligatorio realizar el adelantamiento ocupando completamente otro carril.
Los ciclistas deberán utilizar casco en todas las vías interurbanas, después de que la reforma suprima las anteriores excepciones.
Guantes obligatorios para circular en moto por carretera
Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores tendrán que llevar guantes de protección en vías interurbanas. El calzado cerrado será obligatorio tanto en carretera como en ciudad.
Mientras Interior no establezca las especificaciones técnicas definitivas para los guantes, podrán seguir utilizándose los modelos de protección actuales.
La regulación también permitirá a las motos circular por el arcén derecho cuando haya un atasco, pero solo si existe señalización expresa y a una velocidad máxima de 30 km/h.
Taxis, reparto y autoescuelas
También desaparecen determinadas exenciones relacionadas con el cinturón. La nueva normativa obliga a llevarlo en situaciones que anteriormente permitían excepciones para taxis, determinados vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza.
El denominado carril de emergencia
Una de las novedades más visibles se producirá durante las grandes retenciones. Los vehículos tendrán que apartarse hacia ambos lados de la calzada para formar un pasillo central destinado a permitir el avance de ambulancias, Policía y demás servicios de emergencia.
Asimismo, al sobrepasar un vehículo que esté inmovilizado por accidente, avería o asistencia en carretera, deberá mantenerse una separación lateral mínima de 1,5 metros y reducirse la velocidad al menos 20 km/h.
Autocaravanas y nuevas normas urbanas
La reforma regula también el estacionamiento de autocaravanas. No podrán extender elementos más allá del perímetro del vehículo, deberán apoyarse únicamente sobre sus neumáticos y tendrán prohibido verter líquidos del habitáculo.
Además, se incorpora al reglamento la figura de los caminos escolares seguros y nuevas disposiciones destinadas a ordenar la convivencia entre peatones, bicicletas, VMP y vehículos a motor en las ciudades.




















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