Elecciones generales del 23 de julio: cómo votar por correo
Se puede hacer la solicitud desde el pasado martes y hasta el próximo 13 de julio
Los españoles están llamados de nuevo a las urnas por primera vez en un mes de julio. El 23 de julio es una fecha que coincide con las vacaciones veraniegas de muchos españoles. Por ello, se presume que el voto a través de correos se disparará en estos comicios.
El voto por correo se podrá solicitar desde el pasado martes, día en que se hizo publica en el BOE la convocatoria de nuevas elecciones generales, y hasta el 13 de julio. Posteriormente, podrás ejercer el derecho al voto entregándolo en una oficina de Correos. El solicitante tiene de plazo para depositar el sobre con su voto hasta el 19 de julio de 2023, en los horarios habituales de apertura de las oficinas postales.
Pasos para solicitar el voto
1. Los ciudadanos que quieran votar por correo podrán pedir ya el impreso de solicitud en cualquier oficina de Correos. También se puede solicitar de forma telemática en la web de Correos, para lo cual el interesado debe disponer de una firma electrónica.
- Solicitud online: los electores podrán solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
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Solicitud de voto en oficinas: la solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Para agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual.
2. Una vez realizada la petición, enviarán tu solicitud a la Oficina del Censo Electoral (OCE), quien te remitirá a la dirección que hayas indicado la documentación necesaria para poder votar por correo: el certificado de inscripción en el censo y las papeletas con todas las candidaturas que se presentan a estos comicios. Será mediante un sobre certificado que deberás recibir personalmente.
3. Por último, una vez recibida toda la información, tendrás que entregar tu voto en una oficina de Correos. El plazo para hacerlo es hasta el 19 de julio, cuatro días antes de las elecciones. Correos entregará tu voto en la mesa electoral correspondiente el mismo 23 de julio, día de las elecciones generales.

Los españoles están llamados de nuevo a las urnas por primera vez en un mes de julio. El 23 de julio es una fecha que coincide con las vacaciones veraniegas de muchos españoles. Por ello, se presume que el voto a través de correos se disparará en estos comicios.
El voto por correo se podrá solicitar desde el pasado martes, día en que se hizo publica en el BOE la convocatoria de nuevas elecciones generales, y hasta el 13 de julio. Posteriormente, podrás ejercer el derecho al voto entregándolo en una oficina de Correos. El solicitante tiene de plazo para depositar el sobre con su voto hasta el 19 de julio de 2023, en los horarios habituales de apertura de las oficinas postales.
Pasos para solicitar el voto
1. Los ciudadanos que quieran votar por correo podrán pedir ya el impreso de solicitud en cualquier oficina de Correos. También se puede solicitar de forma telemática en la web de Correos, para lo cual el interesado debe disponer de una firma electrónica.
- Solicitud online: los electores podrán solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante firma electrónica y aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
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Solicitud de voto en oficinas: la solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente. En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Para agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual.
2. Una vez realizada la petición, enviarán tu solicitud a la Oficina del Censo Electoral (OCE), quien te remitirá a la dirección que hayas indicado la documentación necesaria para poder votar por correo: el certificado de inscripción en el censo y las papeletas con todas las candidaturas que se presentan a estos comicios. Será mediante un sobre certificado que deberás recibir personalmente.
3. Por último, una vez recibida toda la información, tendrás que entregar tu voto en una oficina de Correos. El plazo para hacerlo es hasta el 19 de julio, cuatro días antes de las elecciones. Correos entregará tu voto en la mesa electoral correspondiente el mismo 23 de julio, día de las elecciones generales.
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