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Teulada Moraira Digital
Lunes, 03 de Abril de 2023 Tiempo de lectura:

El Consell Juridic Consultiu declara nulo el reparto de sueldos y competencias a las dos exediles de Ciudadanos de Teulada

Salón de Plenos en el Ayuntamiento de TeuladaSalón de Plenos en el Ayuntamiento de Teulada

El Consell Juridic Consultiu debatió en su última reunión, celebrada la pasada semana, un expediente remitido por el Ayuntamiento de Teulada alrededor de las indemnizaciones y reparto de competencias que se hizo tras las elecciones de mayo de 2019, en las que Compromís logró la alcaldía tras pactar con el PSPV y Ciudadanos.  

 

Esta redacción ha tenido acceso a ese informe, que ya ha llegado al Ayuntamiento también, y en sus conclusiones señala la revisión de oficio por “nulidad de pleno derecho” de las resoluciones de alcaldía números 1387/2019,  1388/2019 y 1501/2019. en las que se aborda el reparto de delegaciones y asignaciones económicas de los concejales de Compromís, Ciudadanos y PSPV que firmaron el pacto de gobierno que hizo alcaldesa valencianista, Rosa Vila, por 9 votos frente a 7 del PP.

 

Entre esas resoluciones las que supusieron el nombramiento de Adrián Ruiz como miembro de la Junta Local de Gobierno y segundo teniente de alcalde, así como María José Vidal como cuarta teniente de alcalde y también miembro del citado órgano. Lo que en la práctica les aseguraba la indemnización por asistencia al órgano de gobierno, que se reúne todas las semanas. Así como las delegaciones que iban a ostentar pon las más importantes Turismo y Comercio Adrian Ruiz y Omic la Maria Jose

 

Fue a través de una revisión de oficio como el alto órgano consultivo a nivel jurídico de la Comunitat estudió las resoluciones de la alcaldía que concedieron tanto las delegaciones a los dos ediles que fueron elegidos en la lista de Ciudadanos, pero que al poco dejaron de formar parte del partido al ser expulsados y pasar a formar parte del grupo de los No Adscritos. Una revisión que hace, en base a la Ley 10/1994 de Creación del Consell Juridic Consultiu de la Comunitat Valenciana y la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

En el dictamen, el órgano considera que se debe declarar la nulidad de esas resoluciones, no obstante, recoge también que “será la autoridad competente quien deba resolverlo”.

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