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Lunes, 16 de Diciembre de 2013 Tiempo de lectura:

Una de Cada tres personas atendidas por Cruz Roja no puede pagar los suministros básicos, como el egua, la luz o el gas

La pobreza energética ha dejado de ser un asunto casi invisible en la Marina Alta. El aumento del paro, las subidas de impuestos, la reducción de los salarios, los recortes derivados de la crisis económica y la calidad insuficiente de las viviendas realizadas en la burbuja inmobiliaria provocan que el número de ciudadanas/os que padecen estas carencias haya crecido de forma considerable en los últimos años. Además la factura eléctrica se ha incrementado desde el año 2007 en un 60%. La deuda que el Estado tiene con las grandes compañías energéticas, cuya legitimidad ponen en duda muchos expertos, no para de aumentar. En consecuencia, las empresas acumulan grandes cantidades de dinero mientras cada vez más hogares no pueden ejercer el derecho a vivir dignamente.

Una comarca dónde la situación geográfica es propicia para el desarrollo de la energía fotovoltaica, a día de hoy no hay ningún municipio que apueste por ella, hipotecando el futuro de nuestra sociedad hasta declarar ilegítima la deuda anteriormente mencionada, y al mismo tiempo desarrollar la legislación de balance neto de forma que los propios ciudadanos con el apoyo de los municipios se puedan convertir en los principales actores del cambio de modelo energético que de acuerdo con los planes europeos  de ahorro y eficiencia energética   así como el desarrollo de las fuentes de energía renovables autónomas.

Los puntos principales de esta normativa serian las siguientes:

-    La potencia de la instalación no podrá en ningún caso ser superior a la potencia contratada y las instalaciones podrán ser de propiedad individual o colectiva (por ejemplo comunidades de vecinos o cooperativas).
-    Facilitar que cualquier ciudadano pueda conectarse  pequeñas instalaciones de hasta 1.000W fotovoltaicos (solamente una por vivienda o instalación) sin pedir autorización y con una obligatoria comunicación administrativa  a la compañía suministradora y al ayuntamiento que realizará deberá elaborar una ordenanza para este tipo de instalaciones y llevar  un registro de todas las  existentes,  con la única exigencia  de la presentación de la factura de adquisición de los equipos  que deben ser homologados y cumplir todas las normas de seguridad a través de garantía del fabricante.
-    Establecer procedimientos abreviados para instalaciones superiores a  1kW y   hasta 10kW con exigencia de comunicación previa a la compañía suministradora y correspondientes  trámites administrativos municipales, la instalación será realizada por un instalador autorizado y será preceptivo el correspondiente boletín y naturalmente registro municipal y de la Conselleria de Industria.
-    Para instalaciones superiores a los 10kW y hasta 100kW será preciso  el correspondiente proyecto realizado por un técnico cualificado que lógicamente cumplirá con la normativa estatal, autonómica y municipal correspondiente, además la instalación también será realizada por un instalador autorizado.
-    Cada municipio tendrá establecido un cupo  máximo de potencia anual total (que podrá ser distribuida de forma trimestral o  semestral) de acuerdo con los objetivos marcados por el plan nacional de energías renovables 2011-2020 a nivel estatal que debe concretarse en cada Comunidad Autónoma  y a continuación en cada comarca o municipio con criterios objetivos, de forma consensuada y transparente.  

La Organización Mundial de la Salud advierte que habitar en una casa en la que se registran temperaturas inadecuadas aumenta la posibilidad de padecer enfermedades físicas y mentales, sobre todo en niños y ancianos. Es el momento de buscar alternativas, nuevos modelos que no contaminen ni condenen ni discriminen a seres humanos a vivir sin poder hacer frente a sus necesidades más básicas.

José Gálvez Martínez
Secretario Área de Ecología y Medio Ambiente EU-Marina Alta.

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